La promulgación de la Enmienda Constitucional Nº 132/2023 marca el inicio de la reforma tributaria en Brasil. El nuevo régimen de tributación sobre el consumo, cuya implementación está prevista entre 2026 y 2033, impactará todos los sectores económicos —con efectos especialmente significativos para el comercio minorista, dada su posición estratégica en la cadena productiva y su relación directa con el consumidor final.
En este boletín, nuestro despacho analiza los principales efectos de la Reforma Tributaria en el sector minorista y ofrece orientaciones sobre medidas que pueden adoptarse desde ya para mitigar riesgos y aprovechar las oportunidades generadas por los cambios.
¿QUÉ CAMBIA?
La Reforma prevé la eliminación de los actuales tributos sobre el consumo (PIS, Cofins, IPI, ICMS e ISS) y su sustitución por dos nuevos tributos:
- CBS (Contribución sobre Bienes y Servicios) – de competencia federal;
- IBS (Impuesto sobre Bienes y Servicios) – de competencia estatal y municipal.
Además, se creará el Impuesto Selectivo, destinado a productos considerados perjudiciales para la salud o el medio ambiente. La recaudación de los nuevos tributos seguirá el principio del destino, es decir, el impuesto será debido en el lugar donde el bien o servicio sea consumido —un factor que alterará significativamente la lógica de precios y la logística interestatal.
IMPACTOS JURÍDICOS PARA EL SECTOR MINORISTA
La transición del sistema tributario actual al nuevo modelo instituido por la Reforma no se limitará a ajustes contables u operativos. Los cambios exigirán revisiones jurídicas, especialmente en los contratos y en las prácticas fiscales adoptadas por las empresas minoristas.
1. Cláusulas Contractuales Tributarias
Los contratos firmados con proveedores, distribuidores, prestadores de servicios y socios comerciales que contengan cláusulas relativas a la transferencia de tributos, régimen de sustitución tributaria, alícuotas fijadas por legislación anterior u obligaciones accesorias deberán ser reevaluados conforme al nuevo régimen.
Será necesario revisar cláusulas como:
- Reglas de transferencia de tributos a lo largo de la cadena;
- Responsabilidad solidaria o subsidiaria por tributos;
- Previsiones de revisión por cambios legislativos; y/o
- Precios con o sin impuestos discriminados.
El descuido en la revisión contractual puede generar litigios y responsabilidades no previstas, con perjuicios para el negocio.
2. Reorganización Societaria y Fiscal
El nuevo sistema puede alterar el costo-beneficio de las estructuras empresariales actualmente adoptadas por empresas minoristas (como sucursales en estados específicos para aprovechar beneficios fiscales). Será necesario revisar estructuras societarias y holdings para evitar ineficiencias jurídicas bajo el nuevo régimen.
3. Contencioso Tributario y Transición
Durante el período de transición (2026 a 2033), pueden surgir conflictos de competencia entre los entes federativos, así como interpretaciones divergentes sobre el alcance de la nueva legislación. El sector minorista — especialmente aquel que opera en múltiples localidades — debe estar preparado para actuar de forma preventiva y, si es necesario, litigar para proteger sus derechos.
¿CÓMO PROCEDER?
Es fundamental buscar orientación jurídica para analizar el caso específico y evaluar la posible adopción de medidas especiales para la protección y resguardo de derechos.
Contáctese con nuestro despacho y agende una consulta. Estamos a su disposición para ofrecerle la mejor asesoría jurídica.
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