BOLETÍN JURÍDICO – TRANSACCIÓN EN LA COBRANZA DE CRÉDITOS JUDICIALIZADOS

La Portaría PGFN/MF Nº 721, publicada el 7 de abril de 2025, reglamenta la transacción en la cobranza de créditos judicializados de alto impacto económico en el marco del Programa de Transacción Integral (PTI), instituido por la Portaría Normativa MF Nº 1.383/2024. Esta medida tiene como objetivo permitir soluciones negociadas para deudas tributarias significativas que están siendo discutidas judicialmente, con base en el Potencial Razonable de Recuperación del Crédito Judicializado (PRJ), definido por la Procuraduría General de la Hacienda Nacional (PGFN).

Criterios para la Inclusión en la Transacción:

Pueden ser objeto de transacción los créditos que, a la fecha de publicación de la Portaría (es decir, el 7 de abril de 2025), se encuentren:

  • Inscritos en deuda activa de la Unión y sean objeto de acción judicial de naturaleza anti-ejecutiva;
  • Inscritos en deuda activa por un valor igual o superior a R$ 50 millones, con exigibilidad suspendida por decisión judicial o garantizada mediante embargo, seguro o carta fianza; y
  • Inscripciones accesorias de menor valor, siempre que estén vinculadas al mismo proceso judicial.

Beneficios de la Transacción:

Los beneficios concedidos pueden incluir:

  • Descuento de hasta el 65% sobre el valor total de la deuda (excepto sobre el principal);
  • Plazo para el pago en hasta 120 meses o hasta 60 meses para contribuciones sociales;
  • Escalonamiento del pago con o sin entrada, utilización de sentencias firmes contra la Unión (precatórios) o créditos líquidos y ciertos reconocidos judicialmente para amortización de las deudas; y/o
  • Conversión de depósitos judiciales en pago definitivo, con eventual flexibilización o sustitución de garantías.

Procedimientos para la Adhesión:

La adhesión estará disponible del 7 de abril al 31 de julio de 2025 exclusivamente a través del portal REGULARIZE. La propuesta puede ser presentada por el contribuyente o por la PGFN, correspondiendo a la Procuraduría el análisis del caso concreto para definir los beneficios aplicables conforme al PRJ.

Documentación Necesaria:

Para solicitar la transacción, el contribuyente deberá presentar:

  • Documentación contable que acredite el pasivo reconocido;
  • Informe sobre la situación procesal de las acciones judiciales vinculadas; y
  • Término de renuncia al derecho sobre el cual se fundamenta la acción judicial, incluso en recursos y en acciones colectivas.

Criterios de Análisis:

La PGFN considerará factores como:

  • Riesgo de la tesis jurídica en discusión;
  • Grado de controversia;
  • Tiempo estimado para la recuperación judicial del crédito; y
  • Costos asociados a la cobranza.

El PRJ es un indicador técnico y confidencial utilizado para orientar la elaboración de la propuesta de transacción.

Formalización del Acuerdo:

La formalización del acuerdo dependerá de la conformidad entre las partes y, en el caso de deudas superiores a R$ 500 millones, requerirá la aprobación de la instancia superior de la PGFN.

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Franco Advogados